Entre abril y septiembre de 2026 la Inspección General de Justicia dictó diez resoluciones generales que simplifican la constitución de sociedades, aclaran la situación de los administradores, flexibilizan el régimen de sociedades extranjeras y llevan todos los trámites a un entorno digital. La más reciente, la RG 11/2026, entró en vigencia el 23 de septiembre.
Cuatro tendencias
1. Menos requisitos para constituir: sin dictamen de precalificación obligatorio, objeto social amplio y sede electrónica (RG 11).
2. Seguridad jurídica para administradores: la inscripción es declarativa y quienes están en funciones continúan hasta su reemplazo (RG 1 y 3).
3. Apertura a la inversión extranjera: se derogan 29 artículos del régimen de sociedades extranjeras y la exigencia de patrimonio neto positivo para sucursales (RG 4).
4. Trámite digital de punta a punta: sistema SODA, plancha de inscripción digital, estados contables y notificaciones electrónicas (RG 5, 7, 9 y 10).
RG 11/2026: constituir una sociedad ahora es más simple
Precalificación: ya no se exige para constituir; es facultativa. Objeto social: una o más categorías de actividades sin conexidad; en las SAS se admite cualquier actividad lícita. Aportes dinerarios: depósito, transferencia, manifestación del escribano o constancia del sistema. Activos virtuales: admitidos como aporte con depósito en un PSAV registrado ante la CNV. Sede: puede fijarse después y se suma una sede electrónica. Cláusula arbitral: obliga a la sociedad, socios y miembros de órganos.
¿Qué deben hacer las empresas?
1. Revisar el objeto social vigente. 2. Planificar constituciones bajo la RG 11. 3. Auditar designaciones y garantías de administradores. 4. Revisar estructuras con matriz o sucursal extranjera (arts. 118 y 123 LGS). 5. Preparar el cierre y la moratoria: la regularización de la RG 6 vence el 31/12/2026.
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